miércoles, 26 de febrero de 2025

Reglamento de funcionamiento de la Mesa de la Diversidad elaborado en 2013

El Reglamento de la Mesa Coordinadora de la Diversidad Sexual se estructura en tres títulos principales que abarcan la definición y objetivos de la mesa, su composición y los roles de sus miembros, y finalmente, la organización de su trabajo a través de la coordinación administrativa, las reuniones plenarias y el funcionamiento de comisiones temáticas. Esta estructura busca establecer un marco normativo claro para la operación y el cumplimiento de los objetivos de la Mesa en la promoción y protección de los derechos del colectivo LGBTIQ. Fue elaborado en 2013, año fundacional de la Mesa.



Análisis del Reglamento de la Mesa Coordinadora de la Diversidad Sexual de 2013

Títulos, capítulos y artículos, definen su naturaleza, misión, funciones, integración, y forma de operación. Su armazón principal se puede desglosar en los siguientes componentes:

1. Título Primero: De la Naturaleza, Misión y Objetivos

  • Artículo 1: Naturaleza. Define la Mesa Coordinadora de la Diversidad Sexual como un espacio de encuentro y debate entre organizaciones no gubernamentales y organismos gubernamentales. Su propósito es promover la igualdad de Derechos y Oportunidades para todos/as a través de la cooperación, la visibilidad de la Comunidad LGBTIQ, y la consolidación de espacios de diversidad para el diseño de políticas.
  • Artículo 2: Misión. Establece que la misión de la Mesa Coordinadora es promover y proteger los Derechos del Colectivo LGTBIQ, así como asesorar e informar sobre temas inherentes a la Diversidad Sexual, con la participación de la comunidad LGBTIQ para influir en la sociedad.
  • Artículo 3: Funciones. Enumera las funciones de la Mesa Coordinadora de la Diversidad, incluyendo la promoción de la diversidad y el respeto, la lucha contra la discriminación, la generación de diálogo con los medios, la articulación de demandas para políticas públicas LGBTIQ, la concientización sobre salud, el desarrollo de capacitaciones contra el hostigamiento y la violencia, el abordaje de temas de salud para personas trans (en cumplimiento de la Ley de Identidad de Género), la promoción de la Educación Sexual Integral, el desarrollo de acciones para promover derechos en diversidad sexual e identidad de género, y la promoción de políticas de empleo inclusivas.

2. Título Segundo: Integración y Miembros

  • Artículo 4: Miembros. Especifica las organizaciones no gubernamentales y los organismos gubernamentales que integran la Mesa Coordinadora de la Diversidad. Se listan diversas asociaciones (G.T.S., A.T.T.T.A, Observatorio Promoción Derechos de la Diversidad Sexual, Asociación Dr. Miguel Ragone, RED. AR. +, M.T.A., J.E.Se. R., Asociación TREBOL, VHIVIR +, Fundación Volviendo a Casa) y dependencias estatales (INADI Delegación Salta, Ministerios de Derechos Humanos y Justicia, Trabajo, Educación, Ciencia y Tecnología, Salud Pública, Gobierno, Seguridad, Cultura y Turismo, Ambiente y Producción Sustentable, y Municipios).
  • Artículo 5: Permite el incremento del número de miembros mediante el ingreso de nuevas organizaciones no gubernamentales y/o organismos gubernamentales cuya presencia se considere necesaria.
  • Artículo 6: Establece que los miembros desempeñarán sus funciones ad honorem.

3. Título Tercero: Coordinación y Funcionamiento

  • Capítulo I: Coordinación Administrativa
    • Artículo 7: Coordinación Administrativa. Asigna la Coordinación administrativa de la Mesa Coordinadora de la Diversidad a la Subsecretaría de Políticas de Género dependiente de la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Derechos Humanos y Justicia.
    • Artículo 8: Funciones. Detalla las funciones de la Coordinación Administrativa, que incluyen convocar a los miembros a los encuentros plenarios por correo electrónico, presidir los plenarios, fijar el orden del día, moderar debates, emitir documentos con las acciones acordadas (para aprobación en el siguiente plenario), y crear y mantener el archivo de los trabajos de las Comisiones.
  • Capítulo II: Funcionamiento
    • Artículo 9: Reuniones. Establece que la Mesa Coordinadora se reunirá una vez al mes en encuentros plenarios, durante la primera semana de cada mes en la Sede de la Secretaría de Derechos Humanos.
    • Artículo 10: Orden del Día. Indica que el temario del plenario debe enviarse por correo electrónico con dos días hábiles de anticipación. Los temas fuera de plazo se incluirán en la próxima reunión.
    • Artículo 11: Comisiones. Define que la Mesa Coordinadora trabajará por Comisiones abordando las áreas temáticas de Salud, Educación y Cultura, Trabajo, y Seguridad.
    • Artículo 12: Conformación. Permite que cada representante de una ONG miembro del colectivo LGBTIQ pueda optar por dos comisiones de trabajo como máximo.
    • Artículo 13: Reuniones de Comisión. Establece que las comisiones podrán reunirse cuando lo estimen necesario, con un mínimo de una reunión mensual.
    • Artículo 14: Coordinaciones. Indica que cada comisión deberá elegir un/a coordinador/a que durará tres meses en sus funciones, informando la designación a la Coordinación Administrativa.
    • Artículo 15: Funciones. Detalla las funciones del coordinador de cada comisión, que son ser nexo con la Coordinación Administrativa, comunicar el orden del día y representar a su comisión en el Plenario Mensual.
    • Artículo 16: Proyectos. Permite que las comisiones presenten proyectos de prevención y/o asistencia ante la Coordinación Administrativa en el Plenario Mensual para su análisis.
    • Artículo 17: Informes. Establece que las comisiones definirán sus mecanismos de trabajo y se expresarán a través de Informes que deben remitir a la Coordinación Administrativa, incluyendo información sobre instituciones intervinientes, consensos y disensos, y recomendaciones.
    • Artículo 18: Modificación. Indica que el reglamento podrá modificarse en reunión plenaria con la aprobación de dos tercios (2/3) de los integrantes de la Mesa Coordinadora.


 



No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Reglamento de funcionamiento de la Mesa de la Diversidad elaborado en 2013

El Reglamento de la Mesa Coordinadora de la Diversidad Sexual se estructura en tres títulos principales que abarcan la definición y objetivo...