El ensayo político-estratégico Cuerpos, Voces y Ciudadanía Sexual convoca a los doce jóvenes amparistas trans de Salta a asumir la vocería directa de su reclamo frente al Ministerio de Salud provincial. Al desplazar el conflicto del expediente judicial a la vida real, se desarma la retórica de la desidia administrativa. El documento rebate la falacia del deslinde provincial hacia el Estado Nacional, fundamentando la corresponsabilidad concurrente en salud y capitalizando el allanamiento parcial que significó la reciente autorización de cirugías. Asimismo, denuncia la gravedad institucional por la ausencia de historias clínicas bajo la gestión de la Dra. Salvo, contrastándola con el modelo respetuoso del Hospital Oñativia. Frente a la violencia económica estatal, esta lucha exige pasar de una "ciudadanía de papel" a una ciudadanía sexual plena, donde la hormonización gratuita sea un derecho vital e inalienable.
Contenidos
Introducción:El imperativo de la voz propia y el rol del sujeto político
I.Corresponsabilidad Estatal: La falacia del deslinde provincial y elallanamiento implícito
II.Gravedad Institucional y Violencia Administrativa: La ausencia de historiasclínicas
IV.Estrategia de Incidencia: Cabildeo Político e Interpelación Institucional
V.Matriz de Argumentación Estratégica para Voceros
VI.Redacción Modelo de Argumentos para Vocería Pública
Modelo1: Sobre la urgencia sanitaria y el sentido de la causa
Modelo2: Sobre la excusa del Estado respecto a la Nación
Modelo3: Sobre la falta de historias clínicas y el maltrato en el sistema
VII.Recomendaciones Finales: La lucha comunitaria en la Salta feudal
Introducción: El imperativo de la voz propia y el
rol del sujeto político
Este ensayo nace del encuentro, la discusión y el
intercambio de ideas entre ustedes —les doce jóvenes amparistas trans que
pusieron la firma y el cuerpo en el amparo colectivo contra el Gobierno de la
Provincia de Salta y su Ministerio de Salud Pública— y el equipo
interdisciplinario y militante integrado por la Asociación Miguel Ragone,
Mujeres Trans Argentina (MTA) y Crianzas Diversas. El objetivo de este texto es
sintetizar y profundizar los ejes debatidos en nuestra asamblea, brindándoles
herramientas analíticas, conceptuales y discursivas para consolidar su
intervención pública en los medios de comunicación, las redes sociales y la
prensa.
Existe una razón política y técnica fundamental por la cual
deben ser ustedes quienes asuman la vocería pública de esta causa en este
momento crucial del proceso judicial. Históricamente, las luchas de los
colectivos vulnerados han corrido el riesgo de ser expropiadas por la
tecnocracia o por el paternalismo de cuadros expertos y dirigentes de
organizaciones sociales. Cuando son los "especialistas" o las
estructuras de las ONG quienes monopolizan los micrófonos, el conflicto tiende
a reducirse a una disputa abstracta, burocrática o teórica. El Estado y sus
abogados se sienten cómodos en ese terreno: pueden tildar el reclamo como un
"interés corporativo", un "curro de las ONG" o una mera
discusión técnica sobre asignación de partidas presupuestarias.
Por el contrario, cuando son ustedes —quienes atraviesan
cotidianamente la interrupción de sus tratamientos, quienes deben fraccionar
dosis, quienes padecen el regreso involuntario de ciclos hormonales o la
angustia de turnos negados— los que toman la palabra, el debate se desplaza del
expediente a la vida real. La presencia y la voz directa de los sujetos
afectados desarma la retórica administrativa despersonalizada. Politiza el
dolor, visibiliza la violencia institucional sobre los cuerpos y demuestra que
lo que está en juego no es un trámite formal, sino la vida, la salud integral y
la dignidad. Los cuadros técnicos y activistas debemos permanecer en un rol de
soporte procesal, acompañamiento y resguardo tras bambalinas, garantizando que
la centralidad política pertenezca de manera inalienable a las personas amparistas.
I. Corresponsabilidad Estatal: La falacia del
deslinde provincial y el allanamiento implícito
En su contestación a la demanda, el Ministerio de Salud
Pública de Salta y la Fiscalía de Estado articularon como argumento central que
la compra y distribución de insumos de hormonización corresponde exclusivamente
al Ministerio de Salud de la Nación. Bajo esa premisa, intentan lavarse las
manos, deslindar su responsabilidad y exigir la citación obligatoria del Estado
Nacional como condición previa para continuar el juicio.
Desde el punto de vista constitucional y del derecho
internacional de los derechos humanos, esta postura es jurídicamente
insostenible. En el esquema federal argentino y bajo los estándares de tutela
judicial efectiva y derecho a la salud (arts. 42 y 75 inc. 22 de la
Constitución Nacional), la responsabilidad de garantizar las prestaciones
sanitarias esenciales es de carácter concurrente y compartida entre la
Nación y las Provincias. La Provincia de Salta no puede escudarse en los
recortes o la inacción del Gobierno Nacional para abandonar a sus ciudadanos.
Si la Nación interrumpe o demora el envío de insumos, la jurisdicción
provincial tiene el deber constitucional y legal de activar sus propios
mecanismos presupuestarios y de contratación para suplir de inmediato esa
falencia. La salud de las personas no puede quedar congelada como rehén de
disputas o burocracias de competencias entre distintos niveles del Estado.
Paralelamente, la respuesta del Gobierno provincial contiene
una contradicción lógica e idónea para nuestra estrategia: el allanamiento
parcial. La provincia presentó una resolución donde el Ministro de Salud,
Federico Mangione, autoriza la realización de las cirugías de adecuación
corporal (específicamente la adenomastectomía) solicitadas por los amparistas
en el Hospital Público Materno Infantil. Jurídicamente, al aceptar la provisión
de las intervenciones quirúrgicas, el Estado se allana implícitamente al objeto
central de la demanda. No es posible escindir la salud trans: la hormonización
y las cirugías forman parte de un único proceso médico-sanitario integral
reconocido por la Ley Nacional de Identidad de Género (N.° 26.743). Al conceder
las cirugías, la provincia reconoce de hecho la vigencia de la norma y la
legitimidad del tratamiento integral de afirmación de género, desmoronando su
propio argumento de insostenibilidad presupuestaria.
Finalmente, la pretensión del Estado de que el amparo sea
rechazado "con costas" revela una estrategia de amedrentamiento y
violencia económica. Imponer el pago de honorarios y gastos judiciales a
jóvenes trans en situación de alta vulnerabilidad socioeconómica busca infundir
temor en el colectivo para forzar la deserción del reclamo. Frente a esto,
nuestra actitud discursiva debe ser firme: denunciar que el Estado utiliza la
amenaza financiera para castigar a quienes ejercen su derecho constitucional de
acudir a la justicia.
II. Gravedad Institucional y Violencia
Administrativa: La ausencia de historias clínicas
Uno de los hallazgos más alarmantes del trámite judicial fue
la respuesta dada por la médica encargada del área de diversidad, la Dra. María
del Carmen Salvo. Al requerírsele el expediente médico e historia clínica de
los amparistas, la funcionaria presentó una planilla en Excel donde la
"historia clínica" de pacientes con años de tratamiento se reducía a tres
líneas genéricas de texto (mencionando nombre, tipo de hormona y última
consulta). En varios casos, el propio informe estatal consigna de manera
insólita que los pacientes se encuentran en terapia hormonal desde 2020
"sin registro de consultas formales endocrinológicas dentro del
sistema".
Esta situación constituye una falta gravísima al deber de
cuidado y una manifestación de negligencia médica e institucional. Suministrar
fármacos de alta complejidad —como la testosterona (Névido, Testovirol) o los
geles hormonales— sin llevar un registro sistemático de peso, talla, presión
arterial, perfil lipídico, ecografías y dosajes hormonales periódicos expone a
las personas a riesgos severos para su salud física, tales como poliglobulia,
hipertensión, coágulos sanguíneos o eventos cardiovasculares.
Esta desidia institucional alimenta la hipótesis de que la
falta de registros formales en el sistema público responde a una dinámica de clandestinidad
y mercantilización. Se ha evidenciado cómo el sistema expulsaba a los
pacientes del ámbito hospitalario (negando turnos o alegando falta de agenda)
para derivarlos de manera informal hacia el consultorio privado de la misma
profesional o hacia el mercado informal de hormonas.
Frente a este modelo opaco e informal, la experiencia
contada por los propios amparistas que migraron su atención al Hospital
Oñativia (bajo la atención de profesionales como la Dra. Campero) demuestra
que otra atención médica pública es posible. En el Hospital Oñativia se
realizan controles integrales, pesajes, ecografías y análisis de laboratorio
gratuitos y en el día, garantizando un trato digno, respetuoso y técnicamente
riguroso.
En el debate sobre la medida cautelar, esta falta de
historias clínicas fue usada por la Fiscalía de Estado para intentar frenar la
orden judicial de entrega inmediata de medicación, alegando la ausencia de
prueba sobre el curso exacto del tratamiento. Ante los medios, el argumento de
ustedes debe ser contundente: la falta de historia clínica no es
responsabilidad del paciente, sino una prueba irrefutable del abandono e
incumplimiento del Estado.
III. Construcción de Ciudadanía Sexual:
Reconocimiento, Redistribución y Crítica al Prejuicio Burocrático
Para fortalecer la comprensión del conflicto, es
indispensable incorporar los aportes de la teoría crítica queer, los feminismos
jurídicos y la filosofía política sobre las nociones de ciudadanía,
reconocimiento y redistribución.Como ha teorizado Nancy Fraser, la justicia social requiere
tanto del reconocimiento de las identidades como de la redistribución
de los recursos materiales. La sanción de la Ley N.° 26.743 en 2012 significó
un avance histórico en el plano del reconocimiento simbólico y la autonomía
identitaria. Sin embargo, un derecho reconocido en el papel que no se sostiene
con partidas presupuestarias, hormonización gratuita, insumos y equipos
capacitados se transforma en una "ciudadanía a medias" o
"ciudadanía de papel". Este amparo colectivo representa una lucha
material por completar esa ciudadanía sexual: exigir que el Estado redistribuya
recursos públicos para que el derecho a la identidad no sea un privilegio de
quienes pueden pagarlo en el mercado privado.
Por otro lado, la teoría crítica queer y los feminismos
jurídicos nos enseñan a desmontar las formas en que el poder institucional
ejerce violencia de manera soterrada. El prejuicio transodiante en la
burocracia estatal rara vez se manifiesta como un insulto explícito; se viste
de neutralidad técnica y racionalidad administrativa. Cuando el
Ministerio de Salud argumenta que no corresponde crear equipos específicos de
atención a la diversidad para "racionalizar recursos humanos" o que
debe aplicarse una "igualdad formal" atendiendo a todos en los
servicios comunes, está aplicando un sesgo excluyente.
Tratar como "privilegio" las medidas de adecuación
para un grupo históricamente discriminado invierte perversamente el concepto de
igualdad real (art. 75 inc. 23 CN). La verdadera igualdad consiste en otorgar
un trato diferenciado a quien se encuentra en una situación de desigualdad
estructural. Someter a una persona trans a un sistema sanitario
"común" que la patologiza, la llama por un nombre que no le
pertenece, le niega los controles específicos o la maltrata en los pasillos no
es tratarla de manera "igual", sino reproducir la violencia
institucional.
Asimismo, las afirmaciones del Estado que catalogan la
interrupción de hormonas como un trámite secundario deben ser refutadas con
vehemente claridad discursiva. No estamos ante un reclamo cosmético o un
capricho estético: la interrupción abrupta de la terapia hormonal produce un
daño somático y psíquico de enorme gravedad. El regreso forzado de ciclos
menstruales en varones trans, la alteración del estado de ánimo, la paranoia,
la depresión clínica y la ideación suicida son consecuencias médicas documentadas.
La hormonización es una cuestión de salud integral, de integridad psíquica y
de vida o muerte.
IV. Estrategia de Incidencia: Cabildeo Político e
Interpelación Institucional
El litigio estratégico no se agota en las paredes del
juzgado; requiere una estrategia combinada de presión e interpelación
institucional. Para maximizar las probabilidades de éxito, la causa debe
avanzar sobre dos ejes clave del poder político provincial:
- Interpelación
al Ministerio de Salud Pública (Federico Mangione): La postura
discursiva ante el Ministerio no debe ser de confrontación ciega, sino de
exigir la depuración del sistema. Dado que la actual gestión ministerial
ha manifestado la intención de sancionar las malas prácticas médicas en el
sistema público, se debe situar la desidia del área de diversidad (la
falta de historias clínicas y el posible desvío de hormonas) como una
"olla de corrupción y abandono" que el propio Ministro tiene la
obligación de corregir y reestructurar.
- Control
y Cabildeo en la Legislatura Provincial: Es fundamental activar
canales de control legislativo. Se deben promover alianzas tácticas con
legisladores provinciales (incluyendo contactos con senadores como Roque
Cornejo o diputados de diversos bloques) para que presenten pedidos
formales de informe al Poder Ejecutivo. Dichos pedidos deben exigir
precisiones sobre la compra, el stock real y el destino de las 105.000
a 150.000 dosis de hormonas enviadas por Nación, así como sobre el
estado de las historias clínicas y la fiscalización de los centros de
salud.
- Mesas
de Concertación e Interdisciplina: Exigir a la Subsecretaría de
Políticas de Género la apertura inmediata de mesas de diálogo
interdisciplinarias e interministeriales que sienten cara a cara a las
organizaciones, a los amparistas y a los funcionarios de salud[cite: 1,
2]. La estrategia es sacar la discusión del pasillo informal y llevarla a
compromisos institucionales firmados y auditables.
V. Matriz de Argumentación Estratégica para Voceros
Para las intervenciones en medios de comunicación y notas de
prensa, los voceros amparistas deben estructurar sus declaraciones utilizando
la siguiente gradación argumentativa:
|
Nivel de Argumento |
Enfoque discursivo y clave de comunicación |
|
Argumento de Máxima (Fundamentación
Constitucional y de DDHH) |
Exigir el cumplimiento irrestricto de la Ley N.° 26.743 y
la Constitución. El Estado es garante de la salud integral y de la ciudadanía
plena; no pedimos favores ni prestaciones extraordinarias, exigimos el
ejercicio de un derecho humano consagrado que fue interrumpido
arbitrariamente. |
|
Argumento de Refuerzo (Daño Sanitario y Crítica
a la Desidia) |
Exponer la gravedad del impacto médico y psíquico por la
falta de hormonas (depresión, regresión de procesos biológicos, afecciones
físicas). Denunciar la violencia administrativa y la falta de historias
clínicas como una muestra de abandono e irresponsabilidad médica estatal. |
|
Argumento de Respaldo (Técnico, Procesal y de
Gestión) |
Refutar el deslinde provincial hacia Nación recordando la responsabilidad
concurrente. Evidenciar que la provincia ya se allanó al conceder las
cirugías, demostrando que existe capacidad técnica y deber legal de dar
respuesta inmediata. |
VI. Redacción Modelo de Argumentos para Vocería
Pública
A continuación, se ofrecen párrafos modelo, diseñados para
ser adaptados por les jóvenes amparistas en entrevistas televisivas, radiales o
gráficas:
Modelo 1: Sobre la urgencia sanitaria y el sentido
de la causa
"Nosotros no fuimos a la justicia a pedir un
privilegio ni una atención preferencial. Presentamos este amparo colectivo
porque el Estado provincial cortó de un día para otro la entrega de
medicamentos y la atención médica que sostiene nuestras vidas. La hormonización
no es una cuestión estética ni un capricho: es salud mental, es salud física y
es dignidad humana. La interrupción abrupta nos enferma, nos genera depresión y
nos empuja al aislamiento. Exigimos que el Ministerio de Salud cumpla con la
Ley Nacional de Identidad de Género y nos garantice los tratamientos de manera
continua e integral."
Modelo 2: Sobre la excusa del Estado respecto a la
Nación
"El Gobierno de la Provincia de Salta no puede
excusarse diciendo que el problema es de la Nación. En materia de salud, la
responsabilidad ante los ciudadanos de Salta es del Gobernador y de su Ministro
de Salud. Si la Nación frena el envío de medicamentos, la Provincia tiene la
obligación legal de comprar los insumos y garantizar la atención. Nuestra salud
no puede quedar atrapada en una discusión de presupuesto o en un pase de
facturas entre funcionarios de distinto nivel."
Modelo 3: Sobre la falta de historias clínicas y el
maltrato en el sistema
"Es inaceptable que el propio Ministerio de Salud
reconozca en el expediente que no existen historias clínicas de nuestros
tratamientos. Durante años nos dieron medicamentos en pasillos, sin estudios
serios ni seguimiento médico. Pedir un equipo capacitado y respetuoso en un
hospital no es pedir un trato privilegiado: es pedir que dejen de maltratarnos
y que el sistema público funcione con la seriedad que cualquier paciente se
merece."
VII. Recomendaciones Finales: La lucha comunitaria
en la Salta feudal
Llegar a esta etapa del proceso judicial —con la demanda
admitida, las contestaciones del Estado sobre la mesa y el debate sobre la
cautelar en marcha— constituye por sí mismo un triunfo político sin
precedentes. Se ha logrado romper el muro de silencio administrativo y obligar
al Poder Ejecutivo a dar explicaciones por escrito ante un juez.
Sin embargo, el escenario donde libramos esta batalla
presenta desafíos de extrema complejidad. Atravesamos un contexto nacional e
internacional de retroceso de las funciones protectoras del Estado, acompañado
por un alarmante incremento de los discursos de odio, el negacionismo de
derechos y la violencia hacia las diversidades sexo-genéricas[cite: 1, 2].
En este marco, la situación de la provincia de Salta cobra
una dimensión particular. Salta se ha configurado históricamente como una
sociedad conservadora, con fuertes rasgos feudales en sus estructuras de poder,
donde las élites políticas y burocráticas han mostrado una resistencia
sistemática a reconocer de forma efectiva los derechos conquistados en las
leyes nacionales. En el ámbito de la salud salteña, los derechos de las
personas trans suelen ser tratados con una mezcla de condescendencia paternalista,
desprecio institucional y marginación presupuestaria.
Por esta razón, la firma de este amparo no debe ser
comprendida como una gestión individual para resolver la situación particular
de doce personas. Ustedes están sosteniendo una bandera de alcance comunitario
e histórico. Cada paso que dan en los tribunales, cada entrevista que conceden,
cada firma que estampan en las hojas del expediente es un acto de resistencia
colectiva que amplía los márgenes de la ciudadanía sexual para todo el
colectivo trans de Salta y de la región.
Sostener esta causa requiere organización, cuidado mutuo y
articulación comunitaria. No permitan que las tácticas de dilación del Estado o
las amenazas de costas aplaquen la fuerza de su reclamo. La legitimidad
histórica, la razón jurídica y la urgencia de la vida están de su lado. Sigamos
trabajando juntos, con la frente en alto, defendiendo no solo la salud
individual, sino el derecho inalienable de toda nuestra comunidad a existir y
vivir con plena dignidad.



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