Colegio de Abogados, jueves 6 de noviembre de 2025
Proposiciones centrales, argumentos y datos expuestos durante la sesión del Instituto de Derecho Constitucional y Federalismo del Colegio de Abogados y Procuradores de Salta, centrada en la "problemática fundamental en torno a los derechos fundamentales de la población transgénero en la provincia de Salta y en el país".
Desafíos y Avances en los Derechos Fundamentales de la Población Transgénero en Salta.
Interlocutores clave
El conversatorio sobre los derechos fundamentales de la
población transgénero, organizado por el Instituto de Derecho Constitucional y
Federalismo del Colegio de Abogados y Procuradores de Salta, abordó la
problemática central que afecta a las personas trans tanto en la provincia como
en el país. El evento reunió a varios interlocutores clave que aportaron
distintas perspectivas y análisis durante la sesión.
Sebastián, presidente del Instituto y coordinador del
conversatorio, desempeñó el rol de moderador, presentando a los ponentes y
leyendo las contribuciones enviadas por participantes en línea. Entre los
expositores destacados se encuentra Victoria Liendro, conocida como
"Vicky", reconocida referente de la comunidad trans, integrante de la
Secretaría de Mujeres, Géneros y Diversidad del Gobierno de Salta y fundadora
de la organización "Activando Saber". Vicky aportó datos estadísticos
que evidencian la exclusión sistémica que enfrenta la población trans, además
de ofrecer un análisis crítico de los discursos anti-derechos presentes en la
sociedad.
Lisandro Sastre, abogado especialista en derecho a la salud,
brindó el marco jurídico y constitucional pertinente, destacando la Ley de
Identidad de Género como un avance paradigmático que reconoce el "libre
desarrollo personal" de las personas transgénero. Complementando estas
visiones, Inés Bocanera, representante de la Secretaría de Mujeres, Géneros y
Diversidad del Gobierno de Salta, señaló la importancia de adoptar
"medidas de acción positiva" conforme al artículo 73 de la
Constitución, necesarias para cerrar la brecha existente entre la normativa
legal y el ejercicio efectivo de los derechos por la población trans.
Por último, Fernando Pequeño, participante que intervino vía
online, aportó una reflexión que fue leída por el coordinador, planteando
futuras líneas de debate fundamentales, entre ellas la racialización y la
criminalización que sufre esta comunidad en la región, aspectos que requieren
atención urgente para avanzar en la garantía de derechos y la inclusión plena.
Este conversatorio evidenció la necesidad de un abordaje
integral que combine el reconocimiento jurídico, la implementación de medidas
afirmativas y la sensibilización social para enfrentar las múltiples barreras
que afectan a la población transgénero en Salta y Argentina.
La Perspectiva de Victoria Liendro: Exclusión Sistémica y la Urgencia de un Cambio Cultural
Victoria Liendro estructura su argumento sobre la base de
que, a pesar de los avances legislativos, la población transgénero enfrenta una
exclusión sistemática y estructural que se manifiesta en datos alarmantes y se
perpetúa a través de barreras culturales y discursos estigmatizantes. Su
proposición central es que la población transgénero vive en un sistema de
exclusión constituyente que la empuja a la marginalidad, evidenciado por
estadísticas devastadoras en educación, empleo y expectativa de vida. La solución
no radica únicamente en las leyes existentes, sino en un cambio profundo de
mentalidad y en la implementación de políticas públicas efectivas que
contrarresten la discriminación cultural y la desidia estatal.
En cuanto a los argumentos y datos de respaldo, Liendro
fundamenta su análisis en datos concretos provenientes de una encuesta
realizada en 2016 por el Observatorio de Violencia contra las Mujeres (OVcM)
en Salta Capital, donde las propias personas trans actuaron como encuestadoras
en un universo de 202 casos. En ese estudio se encontró que, respecto a la
expulsión educativa, "nueve de cada diez personas trans no concluyen
la escolaridad obligatoria". Esta deserción coincide con el momento de la
exteriorización de su identidad de género, lo que plantea un cuestionamiento
directo sobre el rol del Estado como garante del derecho a la educación. Otro
dato alarmante revela que "más del 95% estuvo o está en situación de
prostitución", una cifra que es resultado directo de la exclusión de estos
individuos de los ámbitos de la formalidad laboral y educativa. Asimismo, la
expectativa de vida para la población trans se sitúa "entre 35 y 45
años", menos de la mitad de la expectativa general en Argentina (80-90
años), reflejando el impacto acumulado de la violencia, la denigración, la
exclusión del sistema de salud y la exposición a consumos problemáticos y
peligros en la calle.
Respecto a los desafíos de la empleabilidad, aunque
existe una ley nacional de cupo laboral trans, su implementación resulta
deficiente, especialmente fuera del centro del país. Los obstáculos
identificados incluyen barreras culturales e idiosincrasia, con resistencia por
parte de empleadores públicos y privados; falta de capacitación, que es
consecuencia directa de la expulsión del sistema educativo; y la ausencia de
una "cultura del trabajo", ya que la exclusión prolongada ha impedido
el desarrollo de trayectorias laborales formales. Liendro destaca que las
"nuevas generaciones que vienen a la luz de la Ley de Identidad de
Género" tienen mayor probabilidad de integrarse a la formalidad laboral,
pero enfatiza que "los cambios de la mentalidad... es lo que más
demora".
En su crítica a los discursos anti-derechos, Liendro
denuncia activamente las narrativas que buscan deslegitimar los derechos de la
comunidad trans. Rechaza la falacia del privilegio que sostiene que "ser
trans en la Argentina parece ser que es un privilegio" o que existen
"leyes que las benefician". Denuncia también la desinformación
deliberada, citando el ejemplo de una abogada que afirmó en un auditorio que la
ley "permitía que un niño se levantara un día y fuera al registro civil a
cambiarse el nombre y acceder a todas las operaciones", valorando ese
discurso como peligroso y falaz. Asimismo, confronta argumentos económicos
dirigidos contra la salud trans, tales como el cuestionamiento "por qué yo
tengo que estar pagando el tratamiento a ciertas poblaciones", señalando
que es una narrativa difundida por sectores conservadores para desestimar la
responsabilidad del Estado en el cuidado de todos sus ciudadanos.
Finalmente, Liendro subraya que la discriminación
"tiene que ser un tema del Estado" y que existen leyes, como la
Ley Antidiscriminatoria de 1988, que están para ser aplicadas. Identifica a la
familia como el primer núcleo de expulsión; cuando esa familia rechaza a la
persona, el Estado debe actuar como garante de sus derechos. Critica la postura
de "el Estado no tiene nada que ver con mi familia", argumentando que
cuando la familia ejerce violencia o abandono, el Estado tiene la obligación de
intervenir para proteger al individuo vulnerable.
El Análisis de Lisandro Sastre: El Derecho al Libre Desarrollo Personal como Paradigma Constitucional
El abogado Lisandro Sastre ofrece una perspectiva
jurídica que posiciona la Ley de Identidad de Género (Nº 26.743) como una norma
de vanguardia que redefine el acceso a la salud, no como una cura para una
patología, sino como la materialización de un derecho humano fundamental
protegido por la Constitución. La proposición central de Sastre es que la Ley
de Identidad de Género despatologiza la identidad trans y consagra el
acceso a tratamientos hormonales y quirúrgicos bajo el paradigma del
"derecho al libre desarrollo personal". Este derecho, de raigambre
constitucional, exige que el sistema de salud (público y privado) garantice
estas prestaciones sin más requisito que el consentimiento informado, aunque en
la práctica persisten barreras ilegales y una interpretación restrictiva del
concepto de salud.
Respecto a los argumentos y análisis jurídico, Sastre
destaca como "muy novedoso" que la ley no enmarca el acceso a la
salud en la necesidad de curar una enfermedad, sino que se refiere al "derecho
al libre desarrollo personal", un concepto "mucho más
abarcativo". Esto implica la "despatologización" de la
comunidad trans. Las prestaciones de salud no buscan "curar" sino
"reafirmar corporalmente... la identidad autopercibida". Este enfoque
se alinea con la definición de salud de la Organización Mundial de la Salud
(OMS) de 1946: "un estado de completo bienestar físico, mental y social, y
no solamente la ausencia de enfermedades".
En cuanto a las obligaciones legales y barreras prácticas,
el consentimiento informado es el único requisito exigido por el artículo 11 de
la ley, que establece que "el único requisito que tiene una persona para
acceder a todos estos tratamientos... es el consentimiento informado".
Por lo tanto, la exigencia de certificados psicológicos por parte de obras
sociales o prepagas es ilegal. Sastre también aborda el argumento
"estético" utilizado por muchas entidades para rechazar la
cobertura, puesto que alegan que los tratamientos son "estéticos". Él
argumenta que bajo el paradigma de la despatologización y el bienestar
integral, esa distinción es irrelevante, ya que dichos procedimientos están
"necesariamente ligados a la salud" de la persona. Todos los
tratamientos quirúrgicos y no quirúrgicos están incluidos en el Programa Médico
Obligatorio (PMO), lo que obliga a su cobertura total. Sin embargo, Sastre
señala que un 80% de la población trans depende del sistema público,
actualmente afectado por recortes, mientras que el 20% con cobertura privada
enfrenta incumplimientos constantes.
En el apartado sobre modificaciones regresivas y
estrategia legal, Sastre aborda el decreto presidencial (mencionado como
DNU 70/2023 en contexto) que modificó el artículo 11 para prohibir
intervenciones en menores de edad, calificándolo como una "modificación
regresiva" y, por lo tanto, de dudosa constitucionalidad, ya que vulnera
derechos previamente adquiridos. Menciona un fallo reciente y
"nuevito" donde un recurso de amparo interpuesto por un menor de 17
años resultó en la declaración de inconstitucionalidad de dicha modificación.
Como estrategia litigante, aconseja que, aunque no es un requisito, acompañar
un informe psicológico puede fortalecer un amparo, no para diagnosticar una
patología, sino para demostrar que el tratamiento es necesario para la salud
psicológica de la persona.
Finalmente, Sastre aborda la necesidad de legislar
explícitamente y responde que esto fue necesario "porque todavía es parte
de la cultura la discriminación". La ley es una "herramienta para
hacer valer el derecho, tomar conciencia y generar espacio en la
discusión" cuando la cultura no avanza. Concluye contrastando dos modelos
políticos: uno neoliberal basado en el "individualismo y el egoísmo
personal", y otro basado en la solidaridad, donde "el ser humano es
el centro de la escena". Sostiene que solo el segundo modelo puede
garantizar un verdadero estado de bienestar y justificar que la comunidad, a
través del Estado, sostenga los derechos de sus miembros más vulnerables.
Aportes de la Audiencia Online: Mensaje de Fernando Pequeño
Hacia el final del conversatorio, el coordinador Sebastián
dio lectura a una intervención enviada por Fernando Pequeño, participante
conectado de forma remota. En primer lugar, Pequeño celebró la iniciativa del
Instituto de Derecho Constitucional y Federalismo al llevar el debate sobre los
derechos de la diversidad a la comunidad de abogados, reconociendo la
importancia de abrir espacios de reflexión y diálogo en un ámbito institucional
clave para la promoción de la igualdad.
El mensaje online se centró en la propuesta de continuar el
diálogo en futuras sesiones, sugiriendo la necesidad de enfocarse en las
particularidades de la región del noroeste argentino. Pequeño planteó la
importancia de analizar dos temas que resultan fundamentales para comprender y
atender las realidades de la población trans y de la diversidad sexual local.
Por un lado, la racialización fue presentada como un fenómeno que afecta la
manera en que se mira y valora a las personas de la diversidad, generando
consecuencias concretas en sus vidas cotidianas y en el acceso a derechos. Por
otro lado, propuso abordar la criminalización, subrayando el rol del
control policial y la vigencia de edictos que permiten la persecución de la
comunidad, lo cual constituye un obstáculo estructural para la plena inclusión
social.
Estas recomendaciones, expresadas a través del aporte
virtual, invitan a profundizar el debate sobre derechos y discriminaciones
específicas, articulando el análisis jurídico con la experiencia concreta y
situada de quienes habitan y transitan la región. El llamado de Pequeño
remarca, finalmente, la necesidad de construir futuros encuentros que promuevan
una mirada integral, plural y contextualizada sobre las problemáticas de la
diversidad en el noroeste argentino.
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